La Cámara Nacional Electoral confirmó el procesamiento de Matías Rappallini, intendente de Maipú en uso de licencia, y de su sucesora, la interina Lorena Otermin. Es por delitos electorales en ese municipio bonaerense en las elecciones de 2019.
La Cámara confirmó la situación de ambos, ya que en abril pasado el juzgado federal N°1 de La Plata -con competencia electoral en la provincia de Buenos Aires- los había procesado por retención indebida del documento de 27 vecinos en las elecciones del 27 de octubre de 2019.
En esos comicios, Rappallini (Juntos por el Cambio) se impuso con 3.852 votos contra 2.830 de Tomás Bozzano (Unión por la Patria). Fue su segunda reelección consecutiva. En mayo de 2024 esgrimió motivos personales para tomarse licencia. Quedó en su lugar Otermin, electa como primera concejala y que en octubre de 2019 era secretaria de Gobierno.
Ahora, ambos están procesados por los delitos de retención indebida de documentos nacionales de identidad e inducción mediante engaños a abstenerse de emitir el sufragio, previstos en los artículos 137 y 140 del Código Nacional Electoral. El fallo habla de "maniobras coordinadas destinadas a 'comprar'" los DNI, a través de violencia, intimidación, amenazas, engaños y ofrecimientos ilegítimos de dinero y beneficios estatales.
Rappallini y Otermin quedaron señalados por haber coordinado la obtención de los documentos de identidad de electores a cambio de dinero, así como haber facilitado gestiones en el municipio, ayudas sociales, alimentos, materiales para la construcción y colchones. En su mayoría, los ciudadanos que declararon como víctimas no recuperaron sus DNI antes de los comicios y, por ese motivo, no pudieron votar.
Además de "suplir algún tipo de necesidad básica que las víctimas tenían insatisfeca a razón de su particular situación socio-económica", existían maniobras que "utilizaban amenazas o intimidaciones" para concretar la entrega de esos elementos o para evadir los pedidos de los damnificados.
El fallo de la Cámara Nacional Electoral sobre el intendente en uso de licencia y la interina de Maipú.
Además, el análisis de conversaciones de WhatsApp expuso "el carácter organizado de las maniobras investigadas".
"El fin último perseguido por la legislación electoral -y su autoridad de aplicación- es mantener la pureza del sufragio como base de la forma representativa de gobierno sancionada por la Constitución, así como reprimir todo lo que de cualquier manera pueda contribuir a alterarla", recuerda el fallo de la CNE.
Asimismo, el Tribunal destacó que la acreditación de la identidad es una condición para ejercer el sufragio y que el Documento Nacional de Identidad constituye un instrumento primordial para la participación ciudadana y el ejercicio del derecho de elegir y ser elegido.
Todavia no hay comentarios aprobados.